Tacógrafo Tiempos de conducción y descanso - Reglamento Debates en Foro Transportistas

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    Tacógrafo Tiempos de conducción y descanso

    • Buenas compañeros/as, un amigo le multaron con 900 euros por hacer 15min parada con 30min de conducción, luego hizo 3:30 de conducción y ya de parada 30min. ¿cuál es el error?, porque que yo sepa la multa seria si no has hecho más de 15min de conducción entonces si que te multan ¿no?, o... ¿tienes que hacer la 1.30min para que puedas hacer los 15?. Por cierto los guardias le dijeron que había conducido en total 8h y había hecho solo 30min, no contaron los 15.

      De: Arias Jose

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    • ¿Puedes mostrar el disco o la impresión????, tal como lo cuentas no procede la sanción.
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    • HOLA! No veo ni la tarjeta que seguro seria disco y ellos dicen que llevaba conducidas 8 Hora s sin pausa. Pues bien multa erronea no pone en la ley nada de si tienes que conducir 15 min utos para una pausa de 15 o una hora y media. La verdad es que el guardia se salto sus 15 minutos por el forro, puede recurrir esa multa y ya esta alegando que el periodo de pausa esta como marca el reglamento 15 minutos primero y 30 despues.
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    • Hay que tener cuidado con los tacografos digitales ya que tienes que hacer 16 minutos para que cuente bien,si haces 15 justos no los marca
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    • Tienes que esperar a que salte el tacografo es mas si pulsas al conductor le saldra esa primera pausa... Habria que mirar la impresion del tacografo tal cual lo cuentas no procede la denuncia..
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    • Hola compañero, es posible como bien dicen es mejor hacer mas de 15 minutos ya que a veces y no se por que no cuenta esos 15 minutos yo siempre hacia dos minutos mas en cada descanso como para dormir, también es verdad que para hacer los primeros 15 minutos de descanso y se que no lo pone en la ley, es que los Guardias Civiles tienen un reglamento interno sobre estas actividades entonces debemos supuestamente conducir como mínimo una hora para poder descansar, sé que suena estúpido pero yo desde entonces lo hacía así. Espero haberte ayudado un saludo.
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    • Jamenalso.

      No es cierto que tengan una circular que les indique que tenemos que conducir una hora como mínimo.


      Un saludo.
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    • Ya lo sé que no es cierto pero cuéntaselo a los Guardias, si lo digo es por que un guardia me lo advirtió. Lo dije anteriormente que sonaba a estúpido pero yo adopte en conducir 1 hora como mínimo para hacer ese primer descanso, cada uno que haga lo que quiera.
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    • Te advirtió mal, dudo mucho que te denuncie ninguno, y si te denucia no te llegará sanción y el se ganará un tirón de orejas por torpe.

      Un saludo.
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    • • Buenas compañeros! Tengo una pregunta sobre el tacógrafo. Como muchos sabréis en el tacógrafo digital salen las horas de conducción diarias que llevamos conducidas en total. El caso es que una vez realizado el descanso diario de 11 horas dicho contador se pone a cero y podemos volver a conducir 9 o 10 horas más. Mi pregunta es, ¿Cuando hacéis un descanso reducido (9horas) se os pone a cero la conducción? A mi no... Si descanso 11 horas si, pero si descanso 9 no se pone a cero y al conducir el siguiente día se me suman las horas, y me da no seque ir con 18 o 19 horas de actividad diaria (conducción). Alguien sabe si es fallo del tacógrafo, fallo mío, o simplemente es normal. Se agradece la ayuda, ya que me trae loco... vamos que voy con el culo apretado apretado cada vez que veo uno de verde. Gracias y buena ruta!


      De: Jordi Duran Santos
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    • a mi cuando hago un descanso reducido, o sea, de 9 horas si se pone a cero el contador, no se la causa de que a ti no.
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    • Buenos dias compañer@s, una pregunta, tengo la targeta del tacografo en renobacion puedo salir de mi base y irme a travajar? Muchas gracias

      De: Oscar García Marín
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    • Yo llegue el jueves a casa hice 45 horas de descanso me llamaron el sábado para ir cargar me moví un par de horas volví a parar y hice 24 horas y arranque el domingo a las 8 de la noche cuando tengo que parar y yo entiendo que tengo que parar el sábado a las 8 de la tarde y después recuperar esas 21 horas mas o empieza el sábado mi jornada

      De: Santiago Carnes Patiño
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    • Hola 6x24h, se cumplen el sábado a las 20:00, tendrás que recuperar las 21h (o las que minoraste de 45 antes de completar la tercera semana siguiente.
      Lo que tienes que ver también es si el sábado que moviste el camión esas 2h chafaste la semana anterior¿??

      Un saludo.
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    • Hola buenas quería hacer una pregunta y haber si alguien me puede ayudar yo pare el jueves pasado a las 9.30 hice 50 horas de descanso de semana el sábado fui a cargar y anduve 3 horas deje el camión y hice 30 horas mas de descanso arranqué el domingo a las 8 anduve toda la semana y ayer pare y voy hacer 24 o tengo qué hacer 45 horas ¿alguien me puede explicar si se puede o no?

      Santiago Carnes Patiño
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    • Hola Gallardo.

      Para otras ocasiones, siempre tienes que cumplir esto:
      _En dos semanas consecutivas (desde un lunes a un segundo domingo) tienes que tener "Al menos" un descanso de 45h y uno de "al menos 24h", esto es, uno de 45h y uno, dos, tres....de 24h.
      _Desde que termines un descanso semanal (sean 45h o 24h) comienzan a contar 6x24h para iniciar el siguiente, puedes iniciar otro descanso semanal antes de esos 6x24h (...e iniciarías otra vez la cuenta de 6x24h) pero no más de esos 6x24h.
      _De cada descanso que minores (menos de 45h) tendrás que recuperar las horas, por eso es importante que distingas si esas 24h las tomas como semanal o como diario.


      Un saludo.
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    • que no se preocupe el compañero, que esta, hecho bien el descanso,
      en el transcurso de cuatro horas conducidas puedes hacer 15 minutos de descanso y luego 30 minutos mas, siempre que en el transcurso de esas cuatro horas estén metidos los 45 minutos de descanso,, sean fraccionados o completos, bueno solo le puedo decir al compañero que la recurra, que en este caso no tiene que soltar un euro,
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    • Hola a todos... Lo primero que yo veo y creo es que se os puede olvidar cambiar el selector o el botón del tacógrafo y ponerlo en la correspondiente situación de descanso cuando proceda.

      Ahora bien, la ley dice textualmente que una persona puede realizar una conducción ininterrumpida de 4 horas y media, pero con la condición de que descanse después 45 minutos. Esos 45 minutos se pueden fraccionar en dos descansos, el primero mínimo de 15 minutos y el segundo mínimo de 30 minutos. Punto y final por ahí al respecto.

      Ahora, con respecto a la recuperación del tiempo de descanso semanal en caso de tomarnos un descanso semanal reducido, es decir inferior a 45 horas, tenemos que saber que lo tenemos que recuperar antes de la tercera semana y la ley nos dice que lo tenemos que hacer de una sola vez uniéndolo como mínimo a un descanso diario de 9 horas. Punto y final al respecto.

      Hombre, lo digo de esta manera porque la ley no contempla los múltiples supuestos que presentáis, lo que si es cierto es que conociendo la ley al pié de la letra no caben malas interpretaciones al respecto, eso os lo puedo asegurar.

      Sabiendo esto solo queda calcular las diferentes posibilidades que se puedan presentar.
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    • Buenas tardes me podria dar alguien informacion de como funciona la descarga de targetas de conductor y la descarga del tacografo digital y como se guarda esa informacion basta con tener los ticket impresos y quedan descargados etc. Todo son muxas dudas
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