Iba a ser multado por ir sin casco y acabó multado por falta de respeto a la autoridad - Noticias Debates en Foro Transportistas

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    Iba a ser multado por ir sin casco y acabó multado por falta de respeto a la autoridad

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      El pasado Martes un joven de 24 años Alcobendas (Madrid) fue parado por la Guardia Civil de tráfico mientras circulaba por la M30 con su motocicleta.



      Los guardias detuvieron al chico por conducir su moto sin casco, pero el joven llevaba el casco serigrafiado, de forma que parecía no llevarlo. Cuando el joven vio que los guardias se dieron cuenta del error éste se echó a reir y comentó en voz alta “¡¡habéis picado!!” lo que hizo que los guardias se tomaran el comentario como un insulto y una tomadura de pelo por lo que procedieron a detener al muchacho alegando falta de respeto a la autoridad. El joven pidió perdón una y otra vez a los agentes pero de nada le sirvió ya que le inmovilizaron su motocicleta y llevaron al chico a comisaría para prestar declaración.



      Gracias a la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como Ley Mordaza, el joven tendrá que hacer frente a una una multa de 600€ sin necesidad ni posibilidad de ir a juicio.



      Faltas leves
      Sanciones de 100 a 600 euros.

      1- La celebración de manifestaciones sin comunicar a las autoridades, cuya responsabilidad corresponderá a los organizadores.

      2- Exhibir de objetos peligrosos para la vida e integridad física de las personas con ánimo intimidatorio.

      3- Incumplir las restricciones de circulación peatonal o itinerario con ocasión de un acto público cuando provoquen alteraciones menores en el normal desarrollo.

      4- Las faltas de respeto y consideración cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad.

      5- Hacer o incitar a actos que atenten contra la libertad e indemnidad sexual, o ejecutar actos de exhibición obscena.

      6- La proyección de haces de luz, mediante cualquier tipo de dispositivo, sobre miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para impedir o dificultar el ejercicio de sus funciones.

      7- La ocupación de casas y la venta ambulante no autorizada.

      8- No denunciar la perdida o el robo de un arma.

      9- Las irregularidades en la cumplimentación de los registros previstos en esta Ley con trascendencia para la seguridad ciudadana.

      10- No tener la documentación personal legalmente exigida o no denunciar su robo o pérdida.

      11- La negligencia en la custodia y conservación de la documentación personal legalmente exigida, considerándose como tal la tercera y posteriores pérdidas o extravíos en el plazo de un año.

      12- Negarse a darle la documentación a la Policía.

      13- Causar daños a bienes muebles o inmuebles de uso público o privados que estén en la vía pública.

      14- Escalar edificios o monumentos sin autorización cuando haya riesgo de que se ocasionen daños.

      15- La remoción de vallas, encintados u otros elementos fijos o móviles colocados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para delimitar perímetros de seguridad.

      16- Dejar sueltos o en condiciones de causar daños animales feroces, así como abandonar animales domésticos en condiciones en que pueda peligrar su vida.

      17- El consumo de alcohol en lugares públicos cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana.

      Fuente de la noticia: Haynoticia.es
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