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    Las gasolineras «low cost» desatendidas, sin personal pueden ser ilegales


    • Piden al ministerio de Industria, Energía y Turismo medidas contra la proliferación de las llamadas gasolineras «low cost»

      Cada vez son más frecuentas las estaciones de servicio en las que no existe personal de atención al público. Se trata de instalaciones de «autoservicio», en las que uno mismo tiene que descogar la manguera para repostar, pero también dirigirse a una máquina en la que selleccionar el tipo de combustible y abonar la cantidad correspondiente a la cantidad suministrada. No hay nadie a quien se pueda colsultar, pedir ayuda o reclamar.

      Unas condiciones que han sido denunciadas por la asociación «Consumidores en Acción FACUA», que ha presentado un escrito al ministerio de Industria, Energía y Turismo en el que pide medidas contra la proliferación de las llamadas «gasolineras low cost».

      La asociación explica que la ausencia de medios humanos en este tipo de establecimientos vulnera los derechos y la seguridad de los consumidores recogidos en el artículo 8 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

      En concreto, desde FACUA aseguran que la ausencia de personal provoca, entre otras cosas, la imposibilidad de verificar que las cantidades de combustible surtidas son las adecuadas y que los surtidores funcionen correctamente, presentar una hoja de reclamaciones o solicitar una factura.

      Además, se pueden vulnerar los requisitos de seguridad exigidos en el artículo 43 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, dado que traslada absolutamente la responsabilidad de la seguridad al consumidor.

      Este punto de la norma indica que «las instalaciones utilizadas para el ejercicio de esta actividad deberán cumplir con los actos de control preceptivos para cada tipo de instalación de acuerdo con las instalaciones técnicas complementarias que establezcan las condiciones técnicas y de seguridad de dichas instalaciones, así como cumplir con el resto de la normativa vigente que en cada caso sea de aplicación, en especial la referente a metrología y metrotecnia y la protección de los consumidores y usuarios».

      En su escrito al ministerio, FACUA recuerda que las gasolineras desatendidas vulneran especialmente la protección a las personas con algún grado de discapacidad, ya que según la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social «todas las personas físicas o jurídicas que, en el sector público o en el privado, suministren bienes o servicios disponibles para el público, ofrecidos fuera del ámbito de la vida privada y familiar, estarán obligadas, en sus actividades y en las transacciones consiguientes, al cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, evitando discriminaciones, directas o indirectas, por motivo de o por razón de discapacidad».

      Por otro lado, la asociación denuncia que este modelo de negocio contraviene la normativa de tres comunidades autónomas, Andalucía, Navarra y Castilla La Mancha, ante cuyas autoridades de consumo se ha denunciado la vulneración de los derechos de los usuarios. FACUA tiene constancia de la existencia en Andalucía de, aproximadamente, 55 gasolineras de este tipo.

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