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    Policías, Ambulancias, y Bomberos están siendo multados por agentes municipales

    • Se han multiplicado las sanciones por exceso de velocidad. Interior se ha quejado y la Fiscalía General del Estado aconseja que se justifique que son actos de servicio.
      La situación se viene produciendo desde hace meses: Las policías municipales están interponiendo sanciones penales contra funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía por circular a velocidad excesiva mientras acudían a un servicio. La Fiscalía ya ha tomado medidas.

      La Dirección General de la Policía ya se ha acostumbrado a recibir centenares de multas por exceso de velocidad de sus vehículos patrulla en diferentes vías de circulación.

      El procedimiento siempre es el mismo: coches Z o K de servicio acuden a una urgencia y, como el lógico, circulan a velocidad excesiva. En ese momento, un radar fijo o móvil los identifica y les sanciona.

      La multa sigue su trámite, por lo que los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía se ven envueltos en procesos penales.

      En el Ministerio del Interior, como decimos, están hartos de esta situación porque, consideran, lo hacen con afán recaudatorio. Según ha podido saber El Confidencial Digital, han transmitido a la Fiscalía General del Estado su malestar.

      De hecho, el Ministerio, a través de la Fiscalía de Seguridad Vial, ya ha tomado medidas para evitar que estas sanciones contra los policías nacionales.

      Según las fuentes consultadas por ECD, desde la Fiscalía General se han impartido instrucciones (ellos las definen como “recomendaciones”) para que los fiscales delegados de seguridad vial provinciales transmitan a las diferentes policías locales que no se tramite ninguna denuncia vía penal contra sus compañeros del CNP.

      Concretamente, la orden impartida es que cuando los vehículos policiales de urgencias excedan el límite de velocidad permitida en 60 km/h en vías urbanas y en 80km/h en interurbanas no se podrá tramitar la denuncia.

      Previamente, especifican desde la Fiscalía, se deberá informar a la DGP de los hechos y ellos deberán justificar que el vehículo se encontraba en servicio de urgencia. El artículo 25 de la Ley de Seguridad Vial recoge que en ese caso se les eximirá de cualquier multa.

      La situación también ha afectado a vehículos de ambulancias y de bomberos, a los que se les está sancionando por exceso de velocidad.
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