¿QUÉ DICE EL REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACIÓN SOBRE LA VESTIMENTA? - Reglamento Debates en Foro Transportistas

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    ¿QUÉ DICE EL REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACIÓN SOBRE LA VESTIMENTA?

    • ¿QUÉ DICE EL REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACIÓN SOBRE LA VESTIMENTA?

      En esta materia, el Reglamento General de Circulación (RGC) no contempla ninguna prohibición o restricción sobre la vestimenta que los conductores deben llevar en el vehículo, es decir, no explicita nada al respecto. Sin embargo, el artículo 18 de la Ley de Seguridad vial dice que “el conductor está obligado a mantener su propia libertad de movimiento, el campo necesario de visión […]”.

      En base al artículo 18 de dicha ley, un agente de la autoridad podría denunciar al automovilista porque considere que conducir con abrigo limita la libertad de movimiento para conducir.

      Por tanto, y pese a la poca regulación que hay sobre la vestimenta en el RGC, son los agentes de la autoridad encargados del control del tráfico quiénes tienen la última palabra para sancionar dichos hábitos, razonándolos en base a dicho artículo.

      Pero lo más importante, más allá de la multa, es la seguridad vial de los conductores ya que un elemento tan importante como el cinturón, no tiene la misma eficacia de seguridad en caso de colisión si se lleva con la holgura que presta un abrigo.

      Recomendaciones para conducir seguro
      • Usar ropa cómoda y holgada.
      • Utilizar un calzado ergonómico para poder pisar los pedales con fuerza y precisión. Debe ser flexible, firme, sujeción, comodidad y transpirabilidad.
      • Activar el aire acondicionado o el climatizador para intentar mantener una temperatura constante entre 19º y 23º.
      • Descansar cada hora y media o dos en algunos lugares del trayecto.
      • Hidratarse con bebidas refrescantes y sin alcohol.


      Fuente : Fundación CEA
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