Condenaron a una empresa de transporte por la muerte de un camionero - Blog Debates en Foro Transportistas

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    Condenaron a una empresa de transporte por la muerte de un camionero

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      Foto de archivo


      La sentencia fue de gran importancia puesto que la mayoría de las muertes que se producen en este gremio acaban establecidas como accidentes de tráfico.

      La empresa Opte Gestión SL reiteradamente sancionados por la Jefatura de tráfico en unas 169 ocasiones en dicho periodo de tiempo por circular con neumáticos en mal estado”.

      El conductor murió en un accidente de tráfico porque llevaba una de las ruedas delanteras destrozad. Al reventar la misma, chocó contra un puente

      El fiscal delegado de siniestralidad laboral Jaime Gil conseguió un hito dentro de la seguridad de los trabajadores. Gil ha logrado que se condene tanto al dueño de la empresa Opte Gestión SL, Vicente Rivilla, y el jefe del taller de la empresa, Pedro Villuendas, a las penas de un año y medio de cárcel por un delito de homicidio por impudencia grave en concurso con un delito contra los derechos de los trabajadores, así como al pago de una indemnización de 126.000 euros para la viuda del camionero fallecido.

      La sentencia es de gran importancia puesto que la mayoría de las muertes que se producen en este gremio acaban establecidas como accidentes de tráfico y, poder determinar si la seguridad del trabajador estaba en entredicho es realmente complejo. En este caso concreto, el gran trabajo de peritaje realizado por la Guardia Civil de tráfico pudo determinar que el fallecido circulaba con la banda de rodadura de la rueda prácticamente borrada mientras transportaba piedra desde una cantera hasta el puerto de Valencia.

      Por ello el magistrado del Juzgado de Lo Penal Número 8 de Valencia señala en su sentencia que: “los acusados durante dicho periodo de tiempo, consciente y voluntariamente, expusieron a los trabajadores de la empresa que conducían los camiones al realizar el transporte a un riesgo grave de sufrir un accidente al obligarles a conducir continuamente con neumático de los camiones que conducían en pésimo estado, y con la bandas de rodadura prácticamente borradas, siendo en ese periodo de tiempo los camiones de la empresa Opte Gestión SL reiteradamente sancionados por la Jefatura de tráfico en unas 169 ocasiones en dicho periodo de tiempo por circular con neumáticos en mal estado”.

      Los acusados

      El dueño de la empresa de camiones aseguró durante el juicio que: “las ruedas de sus camiones estaban siempre en buenas condiciones” y que, pese a las 169 sanciones de tráfico “nunca le paralizaron un camión por ruedas, y que cuando denuncian a un chófer por no poner las lonas o las luces, también lo denuncian por ruedas”.

      “Que como venían de una cantera podían tener un ‘bocao’, pero que eso no significa que la rueda estuviera mal ni que existiera peligro, teniendo un camión 16 ruedas”. Pero lo más llamativo de su declaración fue que trató de echar la culpa al fallecido ya que dijo que “esa rueda no era nuestra”, insistiendo en que el resto de ruedas estaban bien y “el chófer tiene que saber cuándo la rueda la tiene mal y comunicarlo al jefe de taller”. Aseguró todo ello pese a que en el plan de riesgos laborales de su empresa no entraba la prevención para los camioneros, ya que no estaban contemplados dentro de dicho plan.

      Otra de las estrategias de defensa utilizada por la defensa de los acusados fue la de si el accidente se podía haber producido por un desvanecimiento del conductor, ya que éste había sido operado del corazón varios años antes.

      Según el magistrado “tampoco puede apreciarse, salvo sospechas interesadas de los acusados, que la salida de la vía se pudiera producir por algún desvanecimiento o pérdida del sentido por parte del trabajador fallecido por un problema de salud, al no existir prueba que acredite una patología previa, resultando obvio que si esa intervención quirúrgica practicada años antes en el corazón le hubiera causado alguna secuela, se hubiera podido detectar en ese reconocimiento médico”.

      Informe pericial del accidente

      Pero una de las partes más importantes para el magistrado es el informe pericial que señala: “Dicho neumático, aparte de los daños como consecuencia del accidente, presenta la banda de rodadura completamente gastada por alguna de sus partes, sin dibujo, con grietas y socavones de goma desprendida, deformado, con roturas y ampollas en los flancos, en muy mal estado de conservación”.

      Y dice el informe que “por todo ello, dicho neumático no se encontraba en condiciones de uso en vehículos, y mucho menos hacerlo en las ruedas delanteras o directrices de una cabeza tractora, siendo además el neumático que se encontraba en peor estado de todos los que portaba el vehículo articulado”.

      Fuente: Valenciaplaza.com
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