Me han puesto dos multas de trafico por exceso de velocidad de 100 euros cada una el mismo día: una a las 12:46 y otra a las 12:48, dos minutos de diferencia. Es la misma infracción. La diferencia es que pone que es en dos calles distintas. ¿Puedo recurrir si ya las he pagado? Yannia Portes.
Respuesta:
En la Ley de Seguridad Vial se indica que una vez realizado el pago voluntario de la multa, ya sea en el acto de entrega de la denuncia o dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de su notificación, concluirá el procedimiento sancionador. Esto implica, por lo tanto, la renuncia a formular alegaciones. En el caso de que se formulen se tendrán por no presentadas.