Primafrio investigada al obligar a los conductores a utilizar tarjetas diferentes a la del titular - Blog Debates en Foro Transportistas

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    Primafrio investigada al obligar a los conductores a utilizar tarjetas diferentes a la del titular

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      La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dictaminado que sea finalmente el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Molina de Segura, Murcia, el competente para investigar a la empresa Primafrio, cuyo domicilio social se encuentra en este municipio. El asunto estaba sujeto a una cuestión de competencia entre los Juzgados número 5 de Ayamonte, Huelva, número 10 de Sevilla y el ya citado de la localidad murciana.


      Se investigan unos hechos que, según el auto del Supremo al que ha tenido acceso Todotransporte, podrían ser constitutivos de un delito contra los derechos de los trabajadores del artículo 311 del Código Penal y un delito de falsedad documental del artículo 392 en relación con el artículo 390,
      “al obligar a los trabajadores, conductores de camiones, a circular más horas de las debidas sin respetar los horarios de descanso y con tarjetas de transportes diferentes a las del titular, entre otras conductas anómalas”, apunta el texto del Supremo.


      En el auto del Tribunal Supremo se concluye que la empresa Primafrio tiene en Molina de Segura su sede central y que en ese lugar “se habrían cometido los hechos investigados”.

      Hasta la fecha, el Juzgado de Instrucción n º 10 de Sevilla ha incoado diligencias a raíz de un expediente instruido por la Fiscalía de Sevilla donde se pone de manifiesto la existencia de “irregularidades en el cumplimiento de la normativa de transporte de mercancías por carretera por parte de los responsables de la empresa Primafrio S.L. y la empresa de transportes Doctrans (Transportes Rodoviarios de Mercaderías Lda.)”.

      Actuación de la Guardia Civil

      Fue el pasado 28 de junio cuando agentes de la Guardia Civil, concretamente del Grupo de Información de la Agrupación de Tráfico, entraron en la sede central de esta empresa. Primafrio, especializada en transporte frigorífico, es la quinta empresa de transportes de España por volumen de facturación, con unas ventas de 275,10 millones de euros, según el Libro Blanco del Transporte por Carretera correspondiente a 2014 que edita Transporte XXI. Frente a los datos de 2008, el crecimiento fue del 371%, el más abultado de las 47 primeras empresas de transporte del país. La plantilla alcanzó el citado ejercicio los 179 trabajadores.

      Al día siguiente del operativo, la propia empresa negaba en un comunicado que en momento alguno participasen en el dispositivo miembros de Vigilancia Aduanera ni de la Agencia Tributaria, por lo que la inspección “no tiene nada que ver con temas de carácter fiscal”, para destacar su total colaboración con las autoridades así como el hecho de que la actividad de la empresa sigue desarrollándose con total normalidad.

      Dos semanas después fue la patronal Atfrie quien apuntaba que “Primafrio es una empresa libre de toda tacha, en tanto no se pruebe lo contrario”, para afirmar que “las especulaciones sobre la causa de la entrada y registro no sirven para nada más que para perjudicar el buen nombre de las empresas del sector”, para destacar que “sólo hay que atender noticias basadas en hechos e informaciones fidedignas y no a opiniones y conjeturas”.

      Así, desde Atfrie entienden que “no puede cuestionarse la honorabilidad de las empresas estableciendo un principio de presunción de culpabilidad basado en rumores. Nuestro ordenamiento jurídico aún reconoce el derecho a la presunción de inocencia”. Y recuerdan que esta organización “está al lado de todos sus asociados y los defenderá ante quien corresponda en tanto no se prueba una actuación fraudulenta de los mismos, la cual confiamos no se ha dado en este caso, por lo que conocemos a la empresa y al empresario“.

      La valoración de Atfrie sobre el asunto que rodea a esta investigación concluye al mantener que “se posicionará siempre en contra de prácticas consideradas como competencia desleal, que vayan en contra de la normativa nacional y comunitaria en vigor”.


      Fuente íntegra del artículo: Todotransporte.com
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