OFERTA DE EMPLEO CONDUCTORES-REPARTIDORES DE ORIGEN RUMANO ES ILEGAL - Empresas y empleo Debates en Foro Transportistas

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    OFERTA DE EMPLEO CONDUCTORES-REPARTIDORES DE ORIGEN RUMANO ES ILEGAL

    • Estas ofertas recorren toda la geografía y "retratan la triste realidad de muchas personas que buscan trabajo desesperadamente y encuentran auténticos explotadores laborales disfrazados de empresas"


      CONDUCTORES-REPARTIDORES DE ORIGEN RUMANO
      España, COMUNIDAD DE MADRID.


      Importante grupo empresarial de alimentación precisa conductores-repartidores de origen rumano.
      Empresa:
      GRUPO INTEGRAL DE DISTRIBUCIÓN GESAGUI, SL
      -
      Correo electrónico: administracion@gidgesagui.es
      Persona de contacto: GRUPO INTEGRAL DE DISTRIBUCIÓN GESAGUI, SL
      Cómo solicitar el puesto

      GRUPO INTEGRAL DE DISTRIBUCIÓN GESAGUI, SL GRUPO INTEGRAL DE DISTRIBUCIÓN GESAGUI, SL (phone:, fax: , email: administracion@gidgesagui.es)
      Categoría: Agricultores y trabajadores calificados de cultivos mixtos
      Sector: 15
      Origen: Public Employment Service of Spain



      Están prohibidas las discriminaciones por las causas enumeradas en la normativa, desde la Constitución Española (art. 14) hasta el Estatuto de los Trabajadores (art. 17.1), siempre que no exista un motivo objetivo y razonable, cosa que no es tan fácil como parece. Se ha entendido que discriminar por dichas circunstancias personales o sociales, como por ejemplo la nacionalidad, la edad, es un atentado contra la dignidad de la persona.


      Por ese motivo, la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social considera como infracción muy grave «establecer condiciones, mediante la publicidad, difusión o por cualquier otro medio, que constituyan discriminaciones favorables o adversas para el acceso al empleo por motivos de sexo, origen, incluido el racial o étnico, edad, estado civil, discapacidad, religión o convicciones, opinión política, orientación sexual, afiliación sindical, condición social y lengua dentro del Estado» (art. 16.2). El acceso al empleo comprende la fase anterior a la contratación de los trabajadores (difusión de la oferta, intermediación laboral, selección de candidatos, etc.)

      Este tipo de infracción puede conllevar sanciones de un mínimo de 6.251 euros según dispone la misma ley. La verdad es que parece una manera un poco tonta de perder una cantidad importante de dinero, cantidad que no creo que le sobre a ninguna empresa
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