Multas en tramos de 80km/h, conducir a 78 y saltar igualmente el radar ¿cómo recurrir? - Multas Debates en Foro Transportistas

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Multas en tramos de 80km/h, conducir a 78 y saltar igualmente el radar ¿cómo recurrir?

  • Hola buenas tardes:
    Somos transportistas de internacional, y últimamente no hacemos más que pagar multas por los radares franceses, que me pregunto si están bien calibrados, porque ya nos ha pasado en tramos de 80km/h conducir a 78km/h y saltarnos igualmente el radar.

    A muchísimos compañeros les ha pasado lo mismo.
    Me gustaría que comentaseis en vuestro foro las multas en el país vecino, y lo más importante....CÓMO RECURRIRLAS....
    Un saludo.

    Carlos Ana



    Las multas cometidas en el extranjero sí llegan

    El hecho de poder imputar responsabilidad por las multas cometidas en el extranjero es fruto de una normativa impulsada por la Unión Europea (Directiva 2011/82/UE), que ha permitido que todos los países de la Unión Europea -excepto Reino Unido, Irlanda y Dinamarca- intercambien sus datos y, a través de la matrícula del coche, localizar al conductor o propietario del vehículo con el que se ha cometido la infracción y comunicarle por escrito la sanción.

    Sí es cierto que, antes de la entrada en vigor de esta directiva, los europeos que cometían una infracción en nuestro país, y a la inversa, generalmente quedaban impunes y solo se veían obligados a pagar la multa si los pillaban ‘in fraganti’ y los paraban. Ahora, el organismo público encargado del tema (en España es la DGT) puede solicitar los datos del vehículo y de su titular o arrendatario. Eso sí, deberán acreditar que ha cometido una infracción, para enviarle por escrito la notificación, y que, en caso de infracción, se va a aplicar la legislación vigente en cada país, tanto en cuanto a multas, procedimientos, etc…

    Eso sí, según explica AEA, sólo podremos recibir multas de otros gobiernos europeos y viceversa por ocho infracciones: exceso de velocidad, por no utilización del cinturón de seguridad, saltarse un semáforo en rojo, conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas, no llevar casco, circular por un carril bus prohibido o utilizar el teléfono móvil al volante. No podremos ser multados, por ejemplo, por aparcar mal el coche en cualquier otro país europeo, una posibilidad puede que tenga los días contados, porque la DGT también ha incorporado en el proyecto de real decreto la posibilidad de que «mediante acuerdos bilaterales suscritos con los citados estados, podrá ampliarse la relación de infracciones a las que se aplicará, en su caso, el intercambio de información.

    Haz caso a la multa de tráfico

    Gracias a la nueva normativa, los países miembros de la Unión Europea podrán identificar al infractor. Es por eso por lo que nos llegaría la correspondiente multa, a la que conviene hacer caso y no romperla o dejarla metida en un cajón olvidada solo por el hecho de que está sellada en otro país.

    Tanto es así que, incluso, podremos recurrir una multa cometida en otro país. Desde Pyramid Consulting nos recomiendan que, cuando vayamos a iniciar esos trámites, nos pongamos en manos de profesionales, que conozcan los plazos y requisitos exigibles en cada uno de los países, y nos ahorren el tener que ahondar en terreno farragoso.

    Qué hacer cuando has recibido la multa de tráfico

    En el momento en que recibas la multa de tráfico que te han puesto conduciendo en el extranjero, nos explica CEA, puedes actuar de varias maneras:

    -Identificar al conductor si el vehículo pertenece a una persona jurídica.

    -Pagar la multa: hacer uso de los medios de pago que prevé el documento con los descuentos previstos en el mismo.

    -Presentar un recurso: hay que señalar que en este caso los motivos de recursos en muchos casos suelen ser muy reducidos.

    -No pagar la multa.

    Qué ocurre si no pago la multa o no presentamos un recurso

    La presentación de un recurso la tendrá que ver el órgano judicial del país donde cometimos la infracción que podrá estimar o desestimar las alegaciones presentadas.

    -Si se estiman las alegaciones el procedimiento se sobresee.

    -Si se desestima el recurso, el país sancionador podrá solicitar la ejecución de la sanción en España. Se aplicará para ello la Ley 23/2014 de 20 de noviembre de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea. En España tramitará y ejecutará el Juzgado de lo Penal del lugar de residencia del infractor. El mismo procedimiento se aplicará para aquellas multas que no se paguen.

    Consejos para evitar multas en el extranjero

    Ser precavido y conocer de antemano las normas de circulación del país extranjero por el que vamos a circular con el coche es toda una garantía de que las autoridades competentes no nos pondrán una multa. Así que ten en cuenta estos consejos para evitarque, meses después de viajar al extranjero, nos llegue a nuestro domicilio una carta con una desagradable sorpresa.

    1. Infórmate de la normativa de circulación vigente del país que vayas a visitar. Conocer las limitaciones urbanas e interurbanas permitirá que los conductores no caigan en la trampa frecuente de la velocidad.

    2. Conoce las costumbres de conducción del país que visitas. Aunque los Códigos de Circulación tengan la misión de velar por la seguridad vial, existen muchas formas diferentes de hacerlo. Ante multitud de normas, también hay una amplia variedad de restricciones que se diferencian de un país y otro. Nosotros en caso de viajar fuera, tendremos que empaparnos de estas costumbres para no tener riesgos y librarnos de multas o sustos. Un buen ejemplo de ello lo vemos en Francia, donde no se suelen utilizar los intermitentes para cambiar de carril y se circula a más velocidad que en España.

    3. No te olvides del GPS si vas a conducir en el extranjero. Los navegadores resultarán fundamentales para controlar las carreteras de un país completamente desconocido, ofreciendo mayor seguridad y también menos distracciones que nos puedan llevar a multas, por intentar estar demasiado pendiente de carteles o de llegar al destino.

    Ver más en: Autopista.es
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