La tarjeta del tacógrafo: las preguntas más frecuentes aquí - Reglamento Debates en Foro Transportistas

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    La tarjeta del tacógrafo: las preguntas más frecuentes aquí

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      ¿Se puede conducir sin tarjeta?¿Qué hacer si deja de funcionar?¿Cambian los tiempos de conducción y descanso?



      ¿Para que sirven las tarjetas de conductor?

      La tarjeta de conductor identifica al conductor y permite almacenar los datos sobre su actividad durante al menos los últimos 28 días (31 para las tarjetas emitidas en España) y tendrán una validez de cinco años. El contenido y características de las tarjetas de conductor es el que al efecto se encuentra establecido en el apartado IV del anexo I B del Reglamento (CEE) número 3821/85, de 20 de diciembre de 1985.

      La tarjeta de conductor tendrá carácter personal y no podrá ser objeto de retirada o suspensión durante su plazo de validez bajo ningún concepto, a menos que se compruebe que ha sido falsificada, que el conductor utilice una tarjeta de la que no es titular o que se ha obtenido con declaraciones falsas o documentos falsificados.

      El conductor sólo podrá ser titular de una tarjeta de conductor. Sólo podrá utilizar su propia tarjeta, y no deberá utilizar una tarjeta de conductor defectuosa, o cuyo plazo de validez haya caducado o bien haya sido declarada perdida o robada.


      ¿Qué datos almacena?

      La tarjeta de conductor almacenará información de al menos los últimos 28 días, esta información podrá ser consultada por los cuerpos de control.

      Los datos almacenados en la tarjeta incluyen:

      1 - Nombre y apellidos del titular y fecha de nacimiento.
      2 - Número de la tarjeta, Estado miembro, Autoridad que expide la tarjeta y fecha de expedición.
      3 - Fecha comienzo de validez y caducidad de la tarjeta.
      4 - Número de permiso de conducir, Estado miembro y autoridad que ha expedido el permiso.
      5 - Fecha y hora de inserción de la tarjeta en el Tacógrafo.
      6 - Kilómetros del vehículo en el momento de la inserción.
      7 - Fecha y hora de extracción de la tarjeta.
      8 - Kilómetros del vehículo en el momento de la extracción.
      9 - Matrícula del vehículo y Estado miembro de matriculación.
      10 - Actividades del conductor durante el tiempo que la tarjeta esté insertada.
      11 - País donde comienza y termina el periodo de trabajo diario.*
      12 - Distancia recorrida por el conductor.
      13 - Incidentes o eventos ocurridos por manipulación o mal uso del tacógrafo.
      14 - Fallos en el funcionamiento, tales como fallos del sensor, tacógrafo...
      15 - Controles más recientes que se han realizado a la tarjeta.
      16 - Condiciones específicas: fuera de ámbito y trayecto en transbordador o tren.
      * Dentro del territorio español y cuando se trate de transporte interior, deberá indicarse además del símbolo correspondiente al país (E), el correspondiente a las Comunidades Autónomas de inicio y finalización del periodo de trabajo diario.

      ¿Como se solicitan las tarjetas?

      SOLICITUD, RENOVACIÓN Y SUSTITUCIÓN
      Para conducir vehículos dotados de tacógrafo digital será preciso contar con la correspondiente tarjeta de conductor que deberá ser solicitado en la Oficina Provincial de Transportes de la provincia donde el conductor tenga fijada su residencia habitual.

      Las solicitudes de nuevas tarjetas de conductor, renovaciones o sustituciones de la tarjeta, podrán realizarse empleando:

      1 - Escrito ajustado al modelo: las solicitudes deberán dirigirse al órgano competente en materia de transporte por carretera que corresponda al lugar en que el solicitante tenga su residencia normal.
      2 - Internet sin certificado: el solicitante podrá completar por Internet el modelo completo de solicitud para entregarlo en el órgano competente.
      3 - Internet con certificado: si el conductor o su representante cuenta con un certificado de la clase 2ª (como el emitido por CERES) con firma digital.

      ¿Qué datos son necesarios?

      Por un lado serán necesarios datos personales, como nombre, fecha de nacimiento... y por otros datos profesionales como el número del permiso de conducción, clase de permiso, autoridad emisora... Junto con la documentación deberá entregarse una fotografía, una copia del DNI y permiso de conducir (C, C1, D o D1) y acreditación de la residencia.

      ¿Qué hacer si pierdo la tarjeta?

      SUSTITUCIÓN
      En caso de pérdida, robo, deterioro o mal funcionamiento, la empresa titular de tarjetas de empresa deberá solicitar, en el plazo máximo de siete días naturales a partir del momento en que se haya producido el hecho, su sustitución ante el órgano competente en materia de transporte por carretera que corresponda al lugar en que aquélla tenga su domicilio fiscal.

      Las solicitudes de otorgamiento de sustitución de tarjetas de empresa, deberán formularse por Internet o bien mediante escrito ajustado al modelo que figura como anexo II de la orden FOM/1190/2005, en el que se harán constar los datos establecidos en la solicitud, con las siguientes particularidades:

      1 - En la causa de la solicitud se hará constar que se trata de sustitución de tarjeta de empresa por pérdida, robo, deterioro o mal funcionamiento.
      2 - Fecha de la pérdida o, en su caso, del robo.
      3 - Deberá especificarse el número de la tarjeta que se va a sustituir.
      Junto con la solicitud, se aportará la documentación señalada para la solicitud o primera emisión.

      El órgano competente expedirá, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos, una nueva tarjeta en un plazo de cinco días hábiles a partir de la solicitud. La nueva tarjeta mantendrá el mismo plazo de validez que la sustituida, y se entregará al solicitante en la oficina emisora o en el domicilio que se hubiera determinado al efecto.

      En cualquier caso, cuando se trate de supuestos de deterioro o mal funcionamiento deberá devolverse el original de la tarjeta antigua antes de la entrega de la nueva.

      ¿Qué hacer si deja de funcionar la tarjeta?

      En caso de pérdida, robo, deterioro o mal funcionamiento, la empresa titular de tarjetas de empresa deberá solicitar, en el plazo máximo de siete días naturales a partir del momento en que se haya producido el hecho, su sustitución ante el órgano competente en materia de transporte por carretera que corresponda al lugar en que aquélla tenga su domicilio fiscal.

      Las solicitudes de otorgamiento de sustitución de tarjetas de empresa, deberán formularse por Internet o bien mediante escrito ajustado al modelo que figura como anexo II de la orden FOM/1190/2005, en el que se harán constar los datos establecidos en la solicitud, con las siguientes particularidades:

      1 - En la causa de la solicitud se hará constar que se trata de sustitución de tarjeta de empresa por pérdida, robo, deterioro o mal funcionamiento.
      2 - Fecha de la pérdida o, en su caso, del robo.
      3 - Deberá especificarse el número de la tarjeta que se va a sustituir.
      Junto con la solicitud, se aportará la documentación señalada para la solicitud o primera emisión.

      El órgano competente expedirá, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos, una nueva tarjeta en un plazo de cinco días hábiles a partir de la solicitud. La nueva tarjeta mantendrá el mismo plazo de validez que la sustituida, y se entregará al solicitante en la oficina emisora o en el domicilio que se hubiera determinado al efecto.

      En cualquier caso, cuando se trate de supuestos de deterioro o mal funcionamiento deberá devolverse el original de la tarjeta antigua antes de la entrega de la nueva.

      ¿Se puede conducir sin tarjeta?

      Sólo se podrá conducir sin tarjeta en caso de pérdida, robo o fallo de la tarjeta. En estos casos, el conductor podrá seguir conduciendo, pero deberá imprimir un informe diario al finalizar su jornada y firmarlo, al igual que se haría con un disco de tacógrafo analógico.

      ¿Cómo se renueva la tarjeta?

      La tarjeta de conductor deberá ser renovada a petición del interesado en un plazo máximo de quince días hábiles antes de la fecha de caducidad de la tarjeta. La tarjeta de conductor deberá renovarse cada cinco años. Para ello deberán dirigirse al órgano competente en materia de transporte por carretera que corresponda al lugar en que el solicitante tenga su residencia.

      Las solicitudes de otorgamiento de renovación de tarjetas de conductor deberán formularse por Internet o mediante escrito ajustado al modelo que figura como anexo I de la Orden FOM/1190/2005, en el que se harán constar los mismos datos que los establecidos para la solicitud, con las siguientes particularidades:

      1 - En la causa de la solicitud se hará constar que se trata de renovación de tarjeta de conductor por caducidad.
      2 - Deberá especificarse el número de la tarjeta que se va a renovar. Junto con la solicitud, se aportará la documentación señalada para la solicitud o primera emisión .
      Una vez comprobada la identidad del solicitante y comprobado el cumplimiento de los requisitos, el órgano competente expedirá una nueva tarjeta antes de la fecha de caducidad, siempre que la solicitud o primera emisión hubiera sido presentada dentro del plazo arriba señalado.

      La nueva tarjeta tendrá un plazo de validez de cinco años y se entregará al solicitante en la oficina emisora o en el domicilio que se hubiera determinado al efecto.

      He cambiado de domicilio ¿Qué debo hacer?

      En el caso de que sea necesario modificar los datos de la tarjeta, el conductor deberá dirigirse a la Oficina Provincial de Transportes que le corresponda dentro del periodo de un mes desde que se produjo la modificación. Deberá presentar un documento acreditativo del cambio y solicitar una nueva tarjeta que refleje los cambios.

      ¿Cambian los tiempos de conducción y descanso?

      No, los tiempos de conducción y descanso siguen siendo los recogidos en el Reglamento Europeo C.E. 3820/85.

      Fuente: Ministerio de Fomento
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