Cambia la forma de notificarnos las multas de Tráfico, ahora en el BOE - Comunicados Debates en Foro Transportistas

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    Cambia la forma de notificarnos las multas de Tráfico, ahora en el BOE

    • A partir de hoy, las multas de tráfico que no puedan notificarnos se publicarán obligatoriamente en el BOE, hacerlo en el TESTRA será voluntario, de acuerdo con la ley de Seguridad Vial.
      Alicia Fernández.

      Twitter: @aliciautopista | 01/02/2016 01:02

      Cambia la forma de notificarnos las multas de Tráfico, ahora en el BOE
      Cambia la forma de notificarnos las multas de Tráfico, ahora en el BOE

      A partir de ahora, si quieres saber si tienes una multa pendiente que no te hayan podido notificar en tu domicilio deberás acudir al BOE, el lugar en donde tienen que publicarse de forma obligatoria. El Tablón Edictal de Sanciones, el TESTRA, se queda como boletín “voluntario” de acuerdo con la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial.

      El nuevo texto refundido de la Ley que entró en vigor ayer señala, en su artículo 91, que “las notificaciones que no se puedan efectuar en la Dirección Electrónica Vial (voluntaria para particulares y obligatoria para coches de flotas y de empresa) y en caso de no disponer de la misma, en el domicilio expresamente indicado para el procedimiento o, de no haber indicado ninguno en el domicilio que figure en los registros del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, se practicarán en el Boletín Oficial del Estado (BOE).”

      Hasta la entrada en vigor del nuevo texto de la Ley de Seguridad Vial, las notificaciones que no se pudieran realizar al interesado se publicaban en el TESTRA de forma obligatoria. Ahora bien, en los últimos tiempos, tal y como nos cuenta Mario Arnaldo, de Automovilistas Europeos Asociados, que muchos ayuntamientos, y comunidades autónomas con competencias en tráfico ya lo han venido utilizando en periodo de pruebas.

      ¿Y qué pasa con el Testra? Según el texto de la Ley de Seguridad Vial que entró en vigor ayer “con carácter previo y facultativo las notificaciones (…) podrán practicarse también en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA)”. Es decir, no es obligatorio que las multas que no nos puedan comunicar in situ o en nuestro domicilio lo hagan en el Testra y sí en el BOE. En principio, y de acuerdo con la nueva Ley, no tendría validez si sólo se publicara en el Testra.

      Eso sí, como ocurría con el Testra, trascurrido el período de 20 días naturales desde que la notificación se hubiese publicado en el BOE se entenderá que ésta ha sido practicada. Es decir, se da por notificada. A partir de la notificación empiezan a contar todos los plazos para pagarla con el 50 por ciento de reducción o para recurrirla.

       Fuente: Autopista.es

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