Multado por el ruido que producen las cadenas de un portacontenedor - Multas Debates en Foro Transportistas

¡Hola Forastero!

Pareces nuevo por aquí. Si quieres participar, puedes acceder a través de tu cuenta de Facebook, Google o Twitter... ¡Así de fácil!

Acceder con Facebook Acceder con Google Acceder con OpenID Acceder con Twitter

Lo más visto esta semana:

    Multado por el ruido que producen las cadenas de un portacontenedor

    • image
      Imagen gentileza de Talleres Cri-vi Pol. Ind. Los Urreas, C/ Cresta del Gallo, s/n
      30730 - San Javier (Murcia)

      Conduzco un camión porta contenedores de cadenas para las obras, las cadenas obviamente hacen ruido la carga va siempre con su correspondiente lona para que no se caiga nade de tierra o restos de escombro y aún así mirar que multa me ponen la Guardia Civil. A esto yo lo llamo abuso y afán recaudatorio. Menuda vergüenza.

      Rafael Mellado A través de ‎Conductores profesionales del transporte español se ofrecen a empresas
      4 de diciembre.




      Otra tras otra de las miles de multas injustas con las que habitualmente nos obsequian sus majestades los reyes magos de la guardia civil de tráfico. Los reyes magos de tráfico tienen la habilidad de recaudar por el mínimo signo de vulnerar el código de circulación. De todos es sabido que un contenedor es un lugar estanco, no es una cisterna porta-líquidos o pulverulentos. Los escombros no se pueden transportar en ellas. Por otro lado la cantidad de polvo que se puede desprender tapado con una lona es mínima. Además, el ruido producido por las cadenas es normal, de no ser así no estarían homologados.


      Los equipos portacontenedores con sistema de brazos con cadenas.

      Este concepto de portacontenedores tienen su máxima ventaja competitiva basada en su propio diseño, ya que disponen de la capacidad de manipular contenedores desde diversos ángulos, tanto desde posiciones horizontales sin ángulo de elevación como desde posiciones donde hay que sobrepasar obstáculos.

      Por lo tanto, este concepto de portacontenedores con sistema de brazos con cadenas permiten manipular contenedores en lugares de dimensiones reducidas siendo idóneos para trabajar en zonas urbanas.

      Veamos que nos dice el código de circulación respecto al artículo 14. 1C sobre la disposición de la carga.

      Artículo 14. Disposición de la carga.

      1. La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de tal forma que no puedan:

      a) Arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa.

      b) Comprometer la estabilidad del vehículo.

      c) Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas.

      d) Ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores.

      2. El transporte de materias que produzcan polvo o puedan caer se efectuará siempre cubriéndolas total y eficazmente.

      3. El transporte de cargas molestas, nocivas, insalubres o peligrosas, así como las que entrañen especialidades en su acondicionamiento o estiba, se atendrá, además, a las normas específicas que regulan la materia.

      -------------------------------------------------------------------------------------------

      ¿Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas? En este caso, nuestro compañero
      Rafael Mellado ha tomado las precauciones para evitar el polvo, el ruido que producen las cadenas no
      puede ser evitado. El problema surge cuando la autoridad determina y valora a su antojo cual es el nivel
      de ruido y de polvo aceptable por la ley. También los contenedores de cadenas están homologados, ¿Por
      que es sancionable el ruido que producen?



      +1 -1

    Lo más visto esta semana: