LAS MULTAS DE 4.000€ PUEDEN LLEGAR A SER DE 30.000 POR HACER LOS DESCANSOS EN LA CABINA - Multas Debates en Foro Transportistas

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    LAS MULTAS DE 4.000€ PUEDEN LLEGAR A SER DE 30.000 POR HACER LOS DESCANSOS EN LA CABINA

    • - Además de un año de cárcel

      Recientemente ha salido a la luz que realmente Francia está multando por hacer los descansos semanales de 45 horas en el camión. Hasta ahora la cuestión era un verdadero misterio guardado por las grandes empresas, quizás por no desvelar malas practicas respecto a la legalidad. Ya son dos las multas de 4.000 euros llegadas a redacción por hacer los descansos semanales en la cabina del camión. Pero cuidado, que pueden llegar a ser de 30.000 euros acompañados con un año de cárcel!!

      Francia

      1.- Prohíbe que los conductores hagan el descanso semanal de 45 horas en la cabina del camión.

      2.- Prohíbe que los empresarios paguen a los conductores en función de la distancia recorrida o del volumen de las mercancías transportadas, al comprometer la seguridad vial e inducir al incumplimiento de la normativa sobre tiempos de conducción y descanso.

      Se acoge a la laguna legal del Reglamento 561/2006 sobre la regulación de la realización del descanso semanal normal 45 h., igual que hizo Bélgica, que no establece expresamente que este se pueda realizar en la cabina del vehículo, para modificar el código de transporte a través del artículo 15 de la Ley 2014-790 prohibiendo la realización de dicho descanso a bordo del vehículo bajo sanción de 30.000 € y un año de prisión para el empresario que organiza el trabajo de sus trabajadores o de aquellos puestos a su disposición.

      El Gobierno francés prohíbe igualmente la remuneración de los conductores en función de la distancia recorrida o del volumen de mercancía transportada, de forma que dicha remuneración pueda comprometer la seguridad vial o pueda llevar a producir infracciones sobre el contenido del Reglamento 561/2006, sancionándolo igualmente con multas de 30.000 € y un año de cárcel.

      La medida adoptada por el gobierno francés es totalmente desproporcionada y atenta contra la libertad de empresa y aún más cuando los transportistas internacionales tienen que parar obligatoriamente en territorio francés como motivo de las restricciones al tráfico de los fines de semana, sin poder dejar los vehículos fuera de vigilancia por motivos de seguridad de la mercancía.


      Lo que se pretende evitar con la modificación del Código de trabajo es el desplazamiento de mano de obra burlando las condiciones sociales del país, en consonancia con la recientemente publicada Directiva que regula a los trabajadores desplazados. Se trata de luchar contra las “empresas buzón”.
      Ley francesa nº 790/2014
      Ley nº 2014-790 de 10 de julio para la lucha contra la competencia social desleal

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      +1 -1

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