Qué no te engañen!! "El costo de la formación será a cargo de las empresas". - Reglamento Debates en Foro Transportistas

¡Hola Forastero!

Pareces nuevo por aquí. Si quieres participar, puedes acceder a través de tu cuenta de Facebook, Google o Twitter... ¡Así de fácil!

Acceder con Facebook Acceder con Google Acceder con OpenID Acceder con Twitter

Lo más visto esta semana:

    Qué no te engañen!! "El costo de la formación será a cargo de las empresas".

    • MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
      4367
      Resolución de 13 de marzo de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el II Acuerdo general para las empresas de transporte de mercancías por carretera.
      .......
      Artículo 64. Formación de reciclaje de los conductores.
      Los cursos de formación dirigidos a la renovación del Certificado de Aptitud Profesional (CAP) y del carné de mercancías peligrosas (ADR) serán impartidos por las empresas mediante medios propios o concertándolos con servicios ajenos.


      El costo de la formación será a cargo de las empresas. El tiempo empleado a tal fin por los trabajadores se imputará al permiso retribuido establecido en el artículo 23.3 del Estatuto de los Trabajadores, en la redacción dada al mismo por Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero.

      A los trabajadores que no superen los exámenes de renovación de la autorización que habilita para conducir vehículos que transporten mercancías peligrosas, les quedará suspendido su contrato de trabajo por un plazo máximo de seis meses, dentro del cual deberán obtener la citada autorización.


      Cuando un trabajador está dado de alta en la Seguridad Social, parte de esa cotización va destinada a la formación. Pero esta formación no va directamente vinculada al propio trabajador, sino a la empresa en sí. Por ejemplo: una empresa que tenga 500 trabajadores percibe X dinero en total para la formación de sus empleados (el “x” vendrá determinado por el número de trabajadores que hayan cotizando en la empresa) y luego la empresa podrá decidir a qué trabajadores formar. Normalmente, si se trata de empresas de más de 5 trabajadores la cantidad es de unos 65 euros por trabajador.

      La política de formación de cada empresa puede ser diferente. Los 65 euros en realidad no corresponden a cada trabajador concreto por el que nace esa aportación, sino que se suman a las cantidades correspondientes a todos los trabajadores y es la empresa la que decide cómo invertirlas. El trabajador no está legitimado para reclamar esas aportaciones ni la empresa obligada pagarle la formación.


      Esto es, en el caso de trabajadores de empresas dedicadas al transporte de mercancías por carretera, el coste de la formación y el tiempo empleado en la misma es a cargo de la empresa.


      Marbenabogados.com
      +1 -1

    Lo más visto esta semana: