La iglesia de Montserrat cobra 52 € "en negro" por autobús y se niega a entregar facturas - Comunicados Debates en Foro Transportistas

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    La iglesia de Montserrat cobra 52 € "en negro" por autobús y se niega a entregar facturas

    • Los conductores de autobuses que visitan Montserrat se quejan de que se niegan a facilitarles la factura de 52 euros por autobús y según el cobrador, es un tributo que está exento de I.V.A. y eso es dinero negro. Toda actividad comercial debe estar avalada con su factura correspondiente.

      El monasterio de Santa María de Montserrat es un monasterio benedictino situado en la montaña de Montserrat, perteneciente a la comarca del Bages, provincia de Barcelona, a una altura de 720 metros sobre el nivel del mar y que recibe innumerables visitas diarias de turistas en autobuses, los cuales les niegan la factura correspondiente.

      Aquí el testimonio de un conductor de autobús indignado y el de otros usuarios quejándose de los precios:

      J.J.S.
      Haber, no se como llamar a esto: aparcamiento del bus en Montserrat, 52 euros. Pides factura y te dicen que es un tributo, que esta exento de iva, ese dinero negro para la iglesia, después de que no pagan ni luz ni IBI, ni nada. Mejor que tributo, yo lo llamaría impuesto revolucionario.


      Celia S.C.
      “El parking es un robo”
      Ayer dia 13 de noviembre fui como cada año voy un par de veces a cumplir mi promesa al monasterio de la Virgen de Montserrat, apenas estuvimos tres cuatos de hora puesto que yo voy a ver a la Virgen y no a la parafernalia que tiene montada el clero y cual no seria nuestro estupor, cuando fuimos a pagar el parking y por tres cuarto de hora nos cobraron 5 euros.
      Yo hace mucho tiempo que estoy desengañada de los curas pero si a todos los turistas le cobran igual no tardará mucho que las visitas a Montserrat desciendan debidas al alto coste del aparcamiento.

      Hay que aclarar que si usted deja el coche durante 24 horas serían 120 euros en negro que se llevan los curas, buen negocio!!



      ¿Qué ocurre si un establecimiento no expide factura? Puede entenderse que el comercio, al no tener reflejada esa venta, lleve una contabilidad doble. Se corre el riesgo de que el vendedor declare, por un lado, un volumen de ganancias y, por otro, que los ingresos sean mayores aunque no se reflejen en los libros de cuentas. Además, si no se firma una factura, se facilita que la venta se lleve a cabo sin cobrar el IVA y, de cara a una posible reclamación el cliente no podría ejercer este derecho porque carecería del comprobante que acredita la transacción.


      Hay que tener claro que las facturas sirven para acreditar una transacción entre comprador y vendedor. La obligación de expedir, entregar y conservar estos documentos se regula por el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre. En él se reconoce, además, la necesidad de entregar una factura al consumidor por los pagos que realiza antes de recibir un bien. Es lo que ocurre en el caso de las compras a plazos o fraccionadas. Cada pago tiene que estar acreditado, hay que dejar constancia de que se ha adelantado dinero y, una vez liquidada la deuda, también debe quedar registrada.
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