Multa de 200 euros por llevar la cisterna del camión demasiado limpia - Multas Debates en Foro Transportistas

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    Multa de 200 euros por llevar la cisterna del camión demasiado limpia

    • Concepto infringido:

      Circular el vehículo reseñado incumpliendo las condiciones reglamentarias, lleva parte de la cisterna pulida
      reflejándose como un espejo y emitiendo deslumbramiento a los vehículos a los vehículos que circulan detrás,
      pudiendo ocasionar accidente por verse reflejado en ella.

      Redacción.
      _____________________________________________________________________________

      por Superjony » Jue Mar 05, 2015 9:17 pm: Foro transporte profesional

      Pues lo siento por el "señor" agente de la autoridad, pero esa denuncia esta mal puesta

      Lo que dice el articulo 12, y en concreto el numero 5, que por ciero, no es ni A ni B, como indica en la sanción, es 5.1 y 5.2 ...


      Artículo 12. Otras condiciones.

      Los vehículos de motor, remolques, semirremolques y las máquinas remolcadas se ajustarán a lo dispuesto en la reglamentación que se recoge en el anexo I y, en particular:

      ....
      5.1 Deben tener sus ruedas provistas de neumáticos o de elementos de elasticidad similar que presenten dibujo en las ranuras principales de la banda de rodamiento y su estado reúna las condiciones mínimas de utilización, según lo dispuesto en el anexo VII y en la reglamentación que se recoge en el anexo I.

      Los vehículos cuyo sistema de rodadura tenga superficies metálicas, estriadas o con salientes no podrán circular por las vías públicas sin colocar sobre aquéllas otras bandas elásticas de contacto exterior con el pavimento.

      5.2 Cuando sea obligatorio o recomendado el uso de cadenas u otros dispositivos antideslizantes autorizados se deberá, bien colocar sobre, al menos, una rueda motriz a cada lado del vehículo dichas cadenas o dispositivos antideslizantes, bien utilizar neumáticos especiales, según lo dispuesto en el anexo VII y en la reglamentación recogida en el anexo I.

      http://www.forotransporteprofesional.es/foro/viewtopic.php?f=4&t=27
      +1 -1
    • pobre ignorante
      +1 -1
    • Me dirás qué tiene que ver el artículo 12, qué cara tienen... esperando a que nadie lo busque ni recurra. Desde luego ya es el colmo, multas por llevar la cisterna limpia, de campeonato, vamos.
      +1 -1

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