El simbolo "?" del tacografo - Reglamento Debates en Foro Transportistas

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    El simbolo "?" del tacografo

    • Mucha gente me ha preguntado sobre los simbolos que nos indican las tiras impresas de actividad de los tacografos digitales, y si es verdad, que algunas marcas antes, facilitaban con los Tacografos, una guia detallada de todos los posibles codigos y pictogramas del Tacografo.
      En la siguiente imagen podemos ver una de las guias que se han falicitado con los aparatos, y que recoge estos pictogramas:

      image

      Como podreis observar, en la seccion de actividades, tenemos el pictograma "?", con la definicion de desconocido. Este pictograma, cuando aparece en las tiras de actividad, lo hace siempre en la parte derecha, y separado por 2 lineas punteadas y una actividad, como podeis ver en la siguiente imagen.

      image

      Bien, este pictograma, nos indica que la actividad que esta indicando, es desconocida, es decir, no esta determinada que actividad se ha realizado en ese tiempo, por lo tanto, carece de justificacion.

      Es aqui por este motivo, donde empiezan las dudas y consultas, sobre todo, del motivo de ello, y de si es sancionable. Para dar un poco de luz, ahi que mirar la normativa vigente, para ello nos debemos referir al Reglamento (CEE) nº 3821/85 del Consejo, de 20 de diciembre de 1985, relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera, que en su Articulo 15 dice textualmente:

      "como consecuencia de su alejamiento del vehículo , los conductores no puedan utilizar el aparato instalado en el mismo , los bloques de tiempos indicados en las letras b ) , c ) y d ) del segundo guión del apartado 3 deberán consignarse de forma legible y sin manchar las hojas , a mano , automáticamente o por otros medios"

      Ademas de esto, el reglamento CE 561/2006, tambien hace referencia a la obligatoriedad de los conductores, de hacer uso de las actividades.
      Por lo tanto, se deduce, que si tenemos obligacion de hacerlo, y ahi un periodo que indica que no se ha hecho, puede SER SANCIONABLE.

      Porque digo puede, y no digo que es?

      Muy facil, la normativa vigente que tenemos, no nos obliga a justificar los descansos diarios o semanales, por lo que este simbolo, si esta al principio del todo, o al final del todo, NO ES SANCIONABLE, ya que coincidira con alguno de estos descansos.

      Si el simbolo nos aparece durante la jornada (como es el caso de la imagen anterior, donde aparece 3 veces), SI ES SANCIONABLE, ya que estariamos hablando de que NO hemos introducido la actividad (siendo nuestra obligacion).
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