LA DGT NO PROPONDRÁ LA REDUCCIÓN DE LA VELOCIDAD MÁXIMA DE CAMIONES Y FURGONETAS - Reglamento Debates en Foro Transportistas

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    LA DGT NO PROPONDRÁ LA REDUCCIÓN DE LA VELOCIDAD MÁXIMA DE CAMIONES Y FURGONETAS

    • La DGT recoge la posibilidad de que en el futuro las autovías puedan estar sujetas a peaje.

      La Dirección General de Tráfico elabora un nuevo proyecto de modificación del Reglamento General de Circulación, rectificando su propuesta inicial de reducir la velocidad máxima para camiones y furgonetas en las carreteras convencionales.

      Asimismo, mantiene la actual exención de utilización del cinturón de seguridad a repartidores de mercancías y taxistas en ámbitos urbanos.

      La DGT, por tanto, eliminará algunos de los aspectos más conflictivos que se habían introducido en el proyecto de modificación inicial, presentado en marzo de 2013. Así, se suprime la propuesta que se había planteado inicialmente relativa a la reducción de la velocidad máxima permitida para la circulación de camiones y furgonetas a 70 km/hora, lo que suponía en la práctica una reducción en la actividad para las empresas transportistas en torno al 15% diario, así como la supresión de la exención de la utilización del cinturón de seguridad por parte de taxistas y transportistas repartidores de mercancías en ámbitos urbanos, por lo que tal exención se mantiene en el nuevo proyecto de modificación que ahora se tramita, informan fuentes de Fenadismer.

      Por tanto, las principales modificaciones que se introducen en el proyecto de modificación del Reglamento General de Circulación son las siguientes. Se equiparan las velocidades máximas permitidas para los vehículos articulados (tractora más semirremolque) y los trenes de carretera (camión rígido más remolque), que (a partir de la aprobación del Reglamento) podrán circular a 90 kilómetros por hora en autopistas y autovías y a 80 km/h en carreteras convencionales.

      Además, la retirada de los vehículos accidentados en carretera, deberá llevarse a cabo sólo por las empresas especializadas en auxilio en carretera, debidamente autorizadas. Otra de las novedades es que, en caso de pérdida del permiso de circulación, no se obligará a pasar una inspección técnica del vehículo si éste se encontrase al corriente de sus revisiones técnicas periódicas.

      Se recoge la posibilidad de que en el futuro las autovías puedan estar sujetas a peaje, lo que requerirá el pago de dicha tasa para poder circular por ellas. Se establece una regulación detallada de los vehículos especiales y de los vehículos en régimen de transporte especial, esto es, de los que superen las masas o dimensiones máximas permitidas debido a la carga indivisible que transportan.

      http://www.todotransporte.com/es/no...hp#.U3YQtfl_veI

      Foto de archivo
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    • Hola a todos, en vista de como esta el currelo, estoy pensando de adquirir una tractora de segunda mano, y echarme al ruedo, trabajando al enganche. lo que no tengo muy claro, es si me hace falta el titulo de transportista, si alguno sabe como funciona esto, agradecería alguna informacíon
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